viernes, noviembre 22, 2024

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Ya pueden velar a los muertitos en las funerarias

Aunque se mantiene la orden de inhumación o cremación directa de los cuerpos de las personas fallecidas por Covid-19 o neumonías, las funerarias ya recibieron la autorización de las autoridades sanitarias para extender a un máximo de ocho horas las velaciones de quienes murieron por causas ajenas a la pandemia.

Esta nueva disposición aplica específicamente en los servicios que prestan las funerarias tanto en las propias salas de velación como en los domicilios, en el caso particular de los municipios del interior y de las rancherías.

La medida, según explicaron los dueños de funerarias, se derivó de la presión ejercida por las empresas del ramo por el “relajo” que se estaba dando entre ellas con el manejo de los cuerpos y de los servicios, pero también porque presuntamente “se está viendo una baja importante en las muertes relacionadas con el coronavirus”.

Los empresarios del ramo explicaron que se recibió una circular del ISSEA en la que se precisa que “la velación para cuerpos con diagnóstico no relacionado con SARS CoV-2 (Covid-19) podrán ser velados un máximo de ocho horas en salas de velación de funerarias, siendo la funeraria que preste el servicio la que será responsable de hacer cumplir los lineamientos de control para evitar la diseminación del virus, teniendo bajo su responsabilidad la existencia de alcohol en gel y cubrebocas para los dolientes y el personal asistente; hacer respetar la sana distancia, otorgar un tapete sanitario y controlar la afluencia de personas al área de velación, siendo esta menor a 20 personas dentro del área”.

Asimismo, se precisa que en el domicilio particular de las localidades de los municipios del interior del Estado podrán realizarse velaciones un máximo de ocho horas a partir del momento de la disposición del cadáver.

La disposición del cadáver deberá ser de forma inmediata -inhumación o cremación- de acuerdo con la decisión tomada por los familiares más cercanos, sin intermediar proceso de velación para diagnóstico de neumonías de ningún tipo, es decir, sea viral, neumonía grave, neumonía atípica, neumonía adquirida en la comunidad, neumonía de focos múltiples, etc., así como sospecha de Covid o diagnóstico de coronavirus.

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