viernes, noviembre 22, 2024

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Sí podrían pisar el bote la raza que no use cubrebocas

En el nuevo decreto sí se considera el arresto administrativo hasta por 36 horas para las personas que no hagan uso del cubrebocas estando en la vía y espacios públicos, aunque ahora falta que esa disposición se ejecute por las mismas autoridades.

De conformidad al acuerdo por el que se expiden las medidas de seguridad en materia de salubridad general para reducir la transmisión del virus SARS-CoV-2 en el Estado de Aguascalientes, el uso del cubrebocas es obligatorio mientras que las personas se encuentren en cualquier espacio público.

A diferencia de los anteriores ordenamientos, en esta ocasión se establece que podrá haber arresto administrativo para las personas que no usen el cubrebocas, así como también el cierre de establecimientos comerciales y hasta de espacios públicos, en caso de que los dueños de los negocios y los encargados de estos sitios no exijan el cumplimiento de la disposición sanitaria.

En el párrafo 1 del artículo 1 se establece que todas las personas que se encuentren dentro del territorio estatal, ya sea de manera permanente o transitoria deberán usar cubrebocas siempre que estén en cualquier espacio de uso común, como lo son la vía pública, los edificios y dependencias gubernamentales y el transporte público; así como en aquellos establecimientos y/o giros que se dediquen a actividades autorizadas.

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