miércoles, abril 24, 2024

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¿Heredar en vida?

Así tal cual no existe, pero mejor que el abogado nos explique bien qué es.

Es importante aclarar que la donación de palabra no vale, pero cuando la donación va bien hecha, ante notario, ya es del interesado y no debe existir mayor problema en hacer uso. Pero todavía es común ver en las rancherías y comunidades que se hace la donación de palabra y esto no tiene carácter legal. Por otra parte, es necesario aclarar que el juicio intestamentario es para verificar la transmisión de propiedades del difunto.

Ponte vivo

El Lic. nos explica con peras y manzanas eso a lo que nosotros llamados “heredar en vida

Antes se creía que “sí existía” esta herencia en vida, por lo que en los despachos incluso les tocaba ver casos donde una persona (la abuela) “hereda en vida” a su hijo (el papá), y luego a su vez él hacía lo mismo y heredaba a su propia hija (la nieta); ella trata de vender y no puede porque en realidad el terreno no es suyo, ni nunca fue del papá. La escritura sigue a nombre de la abuela, y es a partir de ahí donde debe abrirse el juicio intestamentario.
Ya con el juicio hecho, la nieta pudo vender fácilmente y sin complicación. Entonces el juicio intestamentario es cuando no hay testamento. El juicio intestamentario consta de 4 etapas y comienza con presentar el juicio.

No hay que ser ingratos

¡Ojo! También en caso de ingratitud la donación es revocable, mediante un juicio civil. La herencia en vida o donación no es tan común, pero alguien si tiene un hijo le puede donar su casa. Por ejemplo, un señor de 80 años, que decide donar, pero el hijo ingrato lo deja de atender, eso se llama “ingratitud”, por lo que dicha donación puede echarse para atrás.
Por otro lado, el juicio intestamentario como tal no sirve para revocar una donación.

Dice el Lic.

El lic. Luis Ayala nos platicó sobre la duda de muchas personas que se acercan a los despachos de abogados y ésta es… ¿Puedo heredar en vida? El término “heredar en vida” es frecuente entre la gente del campo, por lo que buscan abogados de lo familiar…Aunque como tal, expliquemos que el término herencias en vida NO existe… nada impide que se haga lo que se llama “donación”.

¿Qué es una herencia?
Es una forma de transmitir la propiedad de nuestros bienes. Tiene dos mecanismos: a través de un Testamento (juicio sucesorio testamentario), o bien cuando no hay testamento se debe abrir un juicio sucesorio intestamentario. Lo importante es resaltar, y ser muy contundentes, que en ambos casos es necesario que se haga a la muerte de la persona a quien pertenecían los bienes.

¿Si bien la herencia en vida no es el término correcto, qué podemos hacer para que se realice la donación en vida?
Es un regalo por llamarlo de otra forma, en vida, pero generalmente son terrenos y casas de los que se trata estos bienes y se le llama donación. Donde la forma correcta para hacer la donación es mediante escritura pública.

¿Entonces como tal la herencia en vida no existe?
Como tal la figura no existe, entonces se tiene que hacer un juicio sucesorio intestamentario, para que la persona pueda hacer uso de esta propiedad que le donaron. No existe como tal.

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